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Introducción:
La presente investigación es un ensayo, sobre
la argumentación e interpretación jurídica, ya que esta forma parte de la
integración profesional del estudiante, en virtud de ser una disciplina
involucrada con todas las ciencias en especial de las ciencias jurídicas,
porque diariamente el profesional interpreta los documentos, normas jurídicas e
instrumentos legales, integrada la interpretación con la argumentación
jurídica, ya que a través del argumento el profesional aplica los razonamientos
prácticos.
La interpretación tiene como fin, el
desentrañamiento de un texto o en nuestro caso de una norma, para su justa
aplicación en lo que respecta al derecho. En la presente investigación, el
alumno conocerá sobre los antecedentes de la argumentación e interpretación
jurídica, que data desde los principios de de roma hasta la actualidad, y como,
desde los principios de la humanidad se han argumentado e interpretado las
normas y textos sagrados.
En lo que respecta a los tipos de argumentos
se encuentran, el argumento teleológico, pragmático, sistemático, gramatical,
psicológico, analógico, anagógico, a partir de los principios, evolutiva o
naturalista, el de autoridad, histórico, acerca de las causas, deductivos e
inductivos, etc. La gama de argumentos e interpretaciones, sirven para que el
estudiante de derecho, sepa cuáles son esos argumentos que, que va a utilizar
al momento de interpretar una norma.
Historia
del derecho en la interpretación y argumentación jurídica
Desde tiempos
milenarios existe el derecho, en lo que respecta a la interpretación y
argumentación jurídica, de los textos
que desde la época de cristo se les daba cierta interpretación. Todo lo
que acontece a las interpretaciones que tenemos hasta la actualidad se han
podido realizar gracias, al derecho romano, la familia jurídica
romano-canónica, que es la que pertenece al sistema jurídico mexicano es desarrollado
por el derecho romano.
Como el derecho no es
un producto de generación espontánea todos los derechos nacionales tienen
influencia de otros órdenes jurídicos, como lo expresa el profesor de la
Universidad de Praga, Robert Von Mayr:
“No es asombroso
que la vida jurídica de un pueblo se deje influenciar por un derecho extraño,
porque ya se sabe que ningún pueblo se puede encerrar en aislamiento absoluto,
sustraído de entero a las influencias jurídicas de otras naciones, a menos de
quebrantar una de Las leyes generales que rigen la cultura universal”.
Roma a principios era
un estado monárquico, el poder público estaba integrado por tres elementos: el
rey, los comicios y el senado, en los que sólo participaban los varones. El
senado, muy importante en roma, empieza hacer uso de los argumentos para crear
las leyes de roma, y consecuentemente las interpretaciones a dichas leyes, todo
ciudadano romano debía acatarse a las leyes de esa época, si se cometía algún
crimen, la persona era llevada a un juicio en el cuál, era sometido a un juicio
y desde, ese entonces se dictaminaba lo que dictaban lo que decían sus códigos
respecto de la diversa interpretación que se le dieran a esas normas.
El rey por su parte, y
solo por mencionar a uno de los muy importantes de la época de roma, como lo
fue, Rómulo quien, hacía valer las leyes a roma, él argumentaba el porqué de la
creación de esa norma y la interpretaba para los fines que fuera la creación de
la norma, a los ciudadanos de roma. La ley de las XII tablas, considerada por
los juristas romanos como punto de partida de la evolución jurídica, en ese
entonces las interpretación que se le daba al derecho era muy importante, ya
que describía de cierta manera las
reglas y procedimientos para esas leyes. Esta codificación se llevó a
cabo con la finalidad de que rigiese de forma general para todos los ciudadanos
romanos, patricios y plebeyos. Su elaboración estuvo a cargo de diez
magistrados a quienes, debido a su número, se les llamó decenviros, de allí que
también se le dé el nombre de ley decenviral a este ordenamiento.
Solo para hacer un
pequeño esquema de la interpretación, que se le confería a esas normas de las
XII tablas el contenido se distribuía de la siguiente manera:
Ø La
tabla I y II regulaban el derecho procesal, incluyendo la organización
judicial.
Ø La
tabla III estableció los medios de ejecución de las resoluciones judiciales.
Ø La
tabla IV se refirió a los poderes del padre sobre sus hijos, en pocas palabras
la patria potestad.
Ø La
tabla V trató de las herencias y la tutela.
Ø La
tabla VI se refirió a la propiedad y la posesión.
Ø La
tabla VII consagro los derechos reales que se pueden dar entre vecinos, o como
se conoce normalmente la servidumbre.
Ø La
tabla VIII se refirió al derecho penal.
Ø La
tabla IX tuvo que ver con el derecho público y las relaciones con el enemigo.
Ø La
tabla X estuvo consagrada en el derecho sagrado.
Ø La
tabla XI y XII constituyen el completo anterior.
Otro medio muy
importante en la interpretación del derecho en épocas históricas en lo que respecta
a roma, es la jurisprudencia. La constituyeron las opiniones emitidas por los
jurisconsultos esto es los especialistas en derecho, sobre cuestiones legales
que se les presentare, bien por particulares, bien por magistrados. Así fueron
los jurisconsultos quienes al interpretar y sistematizar el derecho le
otorgaron un carácter doctrinal y dieron pie al nacimiento de la ciencia
jurídica.
Como nos dice Marta
Morineau, de la UNAM al decir:
“La
vida profesional de los jurisconsultos romanos cumplía varias funciones: respondere,
cavere, agere, scribire, actividades que se describen de la siguiente manera:
La primera de
ellas, consistía en dar consultas verbales sobre casos prácticos, el cavere en
redactar documentos jurídicos; el agere en asistir a las partes durante el
litigio y, el scribire en elaborar obras doctrinales de derecho, además de la
labor docente que también desempeñaban”.
Todo lo antecedente,
son breves introducciones, del derecho respecto de las interpretaciones que se
dieron en los códigos y leyes en roma, que si bien conforma parte importante de
lo que se argumenta para la creación de una ley, hasta el momento de la
interpretación al momento de aplicarla.
Para la correcta
interpretación de normas, leyes, códigos, constituciones y textos, existe una
ciencia, la cual se encarga de interpretar de manera correcta y con un sentido
estricto del significado de esos textos “la hermenéutica”. Es la ciencia y arte
de la interpretación, sobre todos los textos, para determinar el significado
exacto de las palabras mediante el cual se ha expresado el pensamiento (del
griego hermeneutiké que significa interpretar).
Es preciso mencionar
todo lo antes dicho, porque de ahí deriva la correcta interpretación jurídica
de los textos que desde inicios de Grecia, Roma, en el cristianismo y en todo
sistema jurídico actual. La necesidad de esta disciplina hermenéutica está dada
por las complejidades del lenguaje, que frecuentemente conducen a conclusiones
diferentes, incluso contrapuestas en lo que respecta el significado de un
texto.
Esta ciencia empieza
desde Evémero de Mesene (siglo IV a. c.), quien realizo el primer intento de
interpretar racionalmente las leyendas y mitos griegos reduciendo su contenido
a elementos históricos y sociales.
El
origen de los estudios hermenéuticos se localiza en la teología cristiana,
donde la hermenéutica tiene por objeto fijar los principios y normas que han de
aplicarse en la interpretación de los libros de la biblia.
El raciocinio es el
acto mental por el cual, a partir de lo que ya se conoce, se adquiere un nuevo
conocimiento. Implica un antes y un después, ya que va de lo conocido a lo
desconocido.
A la argumentación e
interpretación jurídica, se le, agrega un elemento más, que desde sus inicios
ha sido parte importante, al momento de utilizar las palabras correctas para el
buen uso del derecho en las leyes y textos, el “lenguaje”.
El doctor y profesor
investigador de la UNAM , Alfredo Islas Colín nos habla respecto al lenguaje:
“Cada
palabra que empleamos en el
lenguaje, contiene un significado, que
sirve de reflejo del mundo real que percibimos, de esta manera el
humano ha podido nombrar a cada una de las cosas que imagina, vé y
siente.
Ha ido construyendo no solamente un lenguaje común,
del mundo real que percibe con sus sentidos; sino que también ha ido
construyendo un lenguaje de sus ideas y
sentimientos.
Así tenemos que el
lenguaje es un sistema de señales de cualquier naturaleza física
con el que se forman palabras y oraciones; de ahí la importancia de
conocer que es la semántica y la sintáctica”.
La semántica que
estudia el significado de las palabras, es decir a lo que se refieren las
palabras. Mientras que la sintáctica estudia la relación que hay entre las
palabras y sus funciones (estudia la estructura de las oraciones).
El lenguaje es a su vez
natural o artificial, el primero es el que se usa en la vida cotidiana y sirve
como forma de expresar los pensamientos y el medio de comunicación entre las
personas, en lo general son las palabras que usamos para comunicarnos, pero
este lenguaje es demasiado flexible, lo que puede generar ambigüedades
(diversos significados de las palabras), impresiones, malentendidos o
paradojas. En cambio el artificial es un lenguaje exacto y concreto. Que es el
que sirve tanto a los científicos como a todo jurista el lenguaje jurídico. El
lenguaje jurídico hace notar palabras que en el mudo real, para una persona ese
lenguaje es desconocido como cuando se habla de derechos, deberes,
obligaciones, ilícitos, potestades, inmunidades, incapacidades, usucapiones y
muchas otras palabras que nadie puede comprender ni verlas.
Uno de los primeros en
utilizar este lenguaje fue Aristóteles como nos explica el Doctor Alfredo Islas Colín:
“Si quitáramos el
contenido ideológico de las palabras y simplificáramos las diversas palabras que
existen con un mismo significado, podríamos darnos la tarea
de crear un lenguaje único, carente de cualquier apreciación ideológica
de las materias públicas y privadas del derecho, así como las de
carácter extrajurídico.
Esta implificación
del lenguaje nos llevaría a construir un lenguaje jurídico
artificial, e inconscientemente, esto nos llevaría tarde o temprano a las matemáticas, entonces nos daríamos cuenta,
que Aristóteles no estaba tan
equivocado al tratar de
encontrar la justicia en la geometría. A esta compleja tarea de crear un
lenguaje jurídico único, se suma el inconveniente de encontrar “lagunas lingüísticas”, significados carentes de
palabras sígnificantes. Es decir, entes jurídicos a los cuales los juristas aún,
no han podido nombrar, porque no existen las palabras para
hacerlo, pero que sin embargo existe el ente jurídico y debe ser nombrado necesariamente
en alguna forma, para su mejor entendimiento”.
Aristóteles usaba las
interpretaciones de todo lo que hacía usando el lenguaje matemático, y no solo
eso, ese lenguaje serviría para desentrañar y entender todo significado de
diversa índole, para poder hablar de una manera distinta y, utilizando las
palabras correctas en dicha interpretación.
Por último se tiene
como uno de los grandes maestros de la historia con lo que respecta a los
argumentos e interpretaciones a Platón quien, sin darse cuenta había
descubierto la voz TRASIMACO, el concepto de legalidad, sin siquiera haber
pronunciado la palabra. Con lo anterior se puede dar cuenta que el lenguaje
jurídico no termina de construirse, a lo que voy es que construir, conocer,
construir y aplicar el lenguaje del derecho, nos sirve para darnos cuenta de lo
importante que es la utilización de las palabras jurídicas.
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interpretación y argumentación http://www.educaplay.com/es/recursoseducativos/1329412/interpretacion_y_argumentacion.htm
interpretación y argumentación http://www.educaplay.com/es/recursoseducativos/1329353/interpretacion_y_argumentacion.htm interpretación y argumentación iframe src="http://prezi.com/embed/ptvstfy4d-ov/?bgcolor=ffffff&lock_to_path=0&autoplay=0&autohide_ctrls=0&features=undefined&disabled_features=undefined" width="550" height="400" frameBorder="0" webkitAllowFullScreen mozAllowFullscreen allowfullscreen>
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