viernes, 9 de mayo de 2014

CONCLUSIÓN Y REFERENCIAS

 CONCLUSIÓN:

La expectativa de soluciones no solo jurídicas, sino correctas, es observada por gran parte de los teóricos de la argumentación.
Argumentar es razonar nuestras proposiciones para sustentarlas válidamente sin criterios de arbitrariedad, no es necesario que un texto sea oscuro para interpretarlo, pues interpretar es dar significado a una formulación normativa ya que no podemos separar la interpretación de la argumentación pues una es el presupuesto de la otra.
Existen distintos tipos de argumentos, pero uno considerado como obligatorio para las autoridades de menor jerarquía, es el argumento de autoridad cuando este ya es dado en jurisprudencia obligatoria.
Los textos jurídicos contienen, en muchos casos, varia alternativas de interpretación; la elección de una de ellas no puede apoyarse en razones arbitrarias, por lo que para justificar la decisión el argumento es la clave.
La justificación implica sustentar la opción interpretativa en una base argumentada coherente y aceptable en condiciones de racionalidad.

Bibliografía:

Islas Colín Alfredo. (2007) Tipos de argumentos. Recuperado de http://alfredoislas.com/archivos/conceptos-argumentos-lky.pdf
Islas Colín Alfredo. (2002) Interpretación y Argumentación. Hermenéutica. Recuperado de
http://alfredoislas.com/archivos/hermeneutica-yhx.pdf
Islas Colín Alfredo (2013) La hermenéutica jurídica. Recuperado de  http/www.alfredoislas.com.
Moreno Cruz Rodolfo (30 de agosto 2011) Argumentación jurídica por qué y para qué. Recuperado de http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoComparado/133/art/art.pdf. www.bibliojuridicas.com
Morineau Marta (2006) Bases históricas de la familia jurídica romano-canoníca. Recuperado de biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoComparado/126/.../art6.pdf. www.bibliojuridicas.com

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